Es ley la creación del Consejo Nacional de Malvinas

El Consejo Nacional deberá generar los consensos necesarios para diseñar e implementar políticas de Estado que tengan por objeto efectivizar el ejercicio pleno de la soberanía de esas áreas.

 

El Gobierno promulgó hoy las leyes que crean el Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y la relacionada con los Espacios Marítimos e Insulares Correspondientes, que define las coordenadas del límite exterior de la plataforma continental Argentina e insular.

Por medio del Decreto 694/ 2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del canciller, Felipe Solá, se promulgó la ley 27.558, sancionada el pasado 4 de agosto, que crea el consejo nacional, en ámbito de la Presidencia de la Nación.

En tanto a través del Decreto 693/2020 se promulgó la ley de 27.557, de Espacios Marítimos, sancionada también el 4 de agosto pasado, con la firma de los mismos funcionarios.

El Consejo Nacional deberá contribuir a generar los consensos necesarios para «diseñar e implementar políticas de Estado que tengan por objeto efectivizar el ejercicio pleno de la soberanía de esas áreas y colaborar en la elaboración del sustento de la posición argentina en la disputa de soberanía en sus aspectos geográficos, ambientales, históricos, jurídicos y políticos», según indica la norma.

Además propondrá y desarrollará actividades de docencia e investigación que aporten conocimiento al pueblo argentino sobre la justicia del reclamo del ejercicio pleno de soberanía.

Asimismo, colaborará en la difusión y promoción de los derechos argentinos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los Espacios Marítimos e Insulares Correspondientes, en el ámbito regional y global;y propondrá estrategias que aporten al reconocimiento permanente de los excombatientes de Malvinas y caídos en combate y de sus familiares.

El Consejo Nacional estará integrado por el Presidente o la Presidenta de la Nación, quien lo presidirá; el Ministro o la Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; y el Secretario o la Secretaria de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

También por un diputado/a designada por cada uno de los tres bloques con mayor representación parlamentaria, un senador/a designado por cada uno de los tres bloques con mayor representación parlamentaria, el gobernador/a de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; dos especialistas en Derecho Internacional; tres representantes del sector académico y científico;y un representante de los Ex Combatientes de Malvinas.

La otra ley establece los límites exteriores definitivos de la plataforma continental, más allá de las 200 millas.

En los fundamentos de la norma, el Ejecutivo manifestó que el «profundo trabajo técnico y científico llevado a cabo por la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (Copla) reafirma» los derechos de soberanía argentina «sobre los recursos del lecho y subsuelo de nuestra plataforma continental: minerales, hidrocarburos y especies sedentarias, vieiras, esponjas, langostinos, mejillones».

«Argentina ha demarcado el límite exterior de su plataforma continental cumpliendo con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar (Convemar) y con las directrices científicas y técnicas y el reglamento de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC)», expresa la iniciativa en sus fundamentos.