La justicia prohíbe una lista electoral con 100% de mujeres

¿Es legal presentar una lista electoral compuesta exclusivamente por mujeres?. El partido regional Ciudad Futura entendió que sí al presentar una papeleta con el 100% de aspirantes femeninas.

El partido regional Ciudad Futura entendió que sí al presentar una papeleta con el 100% de aspirantes femeninas a la Cámara de Diputados para los comicios legislativos del 22 de octubre. Un juez federal con competencia electoral rechazó este miércoles la lista y dio 24 horas a Ciudad Futura para incluir al menos un 30% de candidatos masculinos en su lista si quieren participar en los comicios.

La petición judicial coincide con el porcentaje que marca la ley de cupo femenino aprobada en 1991 en Argentina. Ese año, el país se convirtió en el primero de América Latina en garantizar una importante presencia femenina en la política al obligar que tres de cada diez candidatos de las listas electorales fuesen mujeres. 26 años después, el juez Reinaldo Rubén Rodriguez considera que «el cupo es para ambos sexos» y con ese argumento impide que la lista encabezada por la concejal rosarina Caren Tepp concurra a las urnas.

Ciudad Futura ha contestado las observaciones realizadas por el juez y espera que la papeleta pueda oficializarse tal y como se presentó. Además, ha lanzado la campaña «Dejen llegar a las mujeres» a través de las redes sociales para ganar apoyos. «La resolución se basa en un fallo del 2001, cuando se intentó presentar una lista femenina en Tierra del Fuego, pero omite un decreto del año 2005 del expresidente Néstor Kirchner que modificó los artículos de reglamentación de la ley para que no haya dudas sobre su espíritu, entendiendo que lo que el cupo femenino establece es un mínimo y no un máximo», dice Tepp, la cabeza de lista de Ciudad Futura.

La candidata considera que la iniciativa es parte del cambio cultural que vive Argentina «hacia una sociedad menos machista y más igualitaria». Según la candidata, la Justicia tiene un plazo máximo de 48 horas para expedirse.

«Los cupos, en derecho constitucional, siempre son para el sector menoscabado. Nunca hay cupo para el sector que ya tiene la mayoría porque sino estarías conspirando contra el equilibrio, demorás la obtención del equilibrio buscado. El día que haya más mujeres que varones, se podrá quizás plantear el cupo masculino, pero hasta el día de hoy ni siquiera logramos el 50%», subraya el constitucionalista Domingo Rondina Molina, abogado defensor de este partido nacido en la ciudad de Rosario.

«Es perfectamente legítima (la lista 100% femenina). Sobre criterios de oportunidad política o conveniencia no opino», sostiene el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat. El letrado se muestra convencido de que la Cámara Nacional Electoral dejará sin efecto cualquier resolución que diga lo contrario y coincide con él su colega Félix Loñ: «No hay ninguna prohibición para eso. No hay un tope, sólo hay un tope para los hombres«. Desde el Gobierno se limitan a señalar que la decisión corresponde a la Justicia.