Como sostenía una gran parte de la biblioteca el caso del documento firmado con los presuntos responsables del atentado a la AMIA fue reputado como una «decisión política» y no es judicializable.
Los jueces que sobreseyeron a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y al resto de los acusados por la firma del Memorándum con Irán coincidieron en que no hubo delito, que se trató de una decisión «política» y que el acuerdo carecía de entidad para hacer cesar la vigencia de las circulares rojas de captura internacional a ciudadanos de ese país.
Cada uno con su voto, los jueces Daniel Obligado, José Michilini y la jueza María Gabriela López Iñiguez fueron unánimes al postular los sobreseimientos por inexistencia de delito a raíz de las circunstancias que rodearon la firma del Memorándum de Entendimiento en 2013 que, remarcaron, nunca entró en vigencia, según el fallo al que tuvo acceso Télam.
En su voto, la jueza López Iñiguez se refirió de manera extensa a las cuestionadas visitas al expresidente Mauricio Macri por parte de los jueces de la Cámara Federal de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos entre 2016 y 2019 y dio por acreditada la «pérdida de imparcialidad» de quienes intervinieron en «decisiones trascendentales» del caso en esos años.
Los jueces descartaron el delito de «encubrimiento» postulado en la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman en enero de 2015 y coincidieron en que realizar un juicio oral sería un «dispendio» jurisdiccional.
«No se encuentran presentes los elementos del tipo penal de encubrimiento, así como tampoco los restantes delitos contenidos en la requisitoria de elevación a juicio Fiscal de la anterior instancia», concluyó en su voto el juez Michilini.
La firma del Memorándum constituyó «una cuestión política cuyo acierto o desacierto se encuentra excluida del control jurisdiccional, al menos del que compete a este Tribunal de Juicio», agregó y consideró «evidente que aquí no hay delito».