Sello Vidal: propone limitar las apelaciones y bajarlas de 8 a 2

María Eugenia Vidal sigue dando su impronta a la provincia. En un avance sin precedentes para acelerar causas penales, atacó al corazón del garantismo y envío una reforma procesal profunda.

El gobierno bonaerense, encabezado por María Eugenia Vidal, envió a la Legislatura un proyecto de ley para modificar el Código de Procedimiento Penal y reducir las instancias de apelación de resoluciones judiciales en lo referido al dictado de prisiones preventivas.

La iniciativa busca reducir las instancias de apelaciones en las causas judiciales de la provincia con el fin de «evitar dilaciones», que «generan injusticias».

La propuesta, anunciada en enero en el marco de las controversias por la liberación de ocho comisarios platenses involucrados en supuestas maniobas de cobro de sobornos, busca eliminar respecto de los fiscales y las víctimas el límite objetivo establecido para recurrir condenas en función del monto de pena impuesta y pretende reformar el régimen de competencia correspondiente al hábeas corpus, ordenando las condiciones de ejercicio de este instituto.

«Se trata de un proyecto donde se cambia el sistema de apelaciones en la provincia de Buenos Aires, en el que aspiramos a que, cuando hay una determinación dos veces confirmada, esta persona quede detenida«, reveló entonces a Télam el ministro de Justicia bonaerense, Gustavo Ferrari.

En este sentido, destacó que la intención de la iniciativa es «corregir un evidente abuso en las posibilidades de revisión de resoluciones judiciales» y sostuvo que, actualmente, para que una condena quede firme, «puede haber hasta ocho instancias judiciales».

Ferrari precisó que, de acuerdo con el proyecto, existirían «sólo dos resoluciones confirmatorias, tal como lo exigen los tratados internacionales, asegurando la doble instancia, pero sin continuar con un sistema que dilata y genera injusticias”.
«El régimen actual del hábeas corpus es anárquico, está totalmente desmadrado en la provincia, y esto tiene una decisiva
incidencia en la situación de colapso en que se encuentra el Poder Judicial de la Provincia», agregó Ferrari.

Sostuvo que «ocho instancias son un absoluto exceso, y esto permite aumentar la discrecionalidad de los jueces, que en muchos casos -a veces por creatividad y en otros por ceñirse estrictamente a una interpretación garantista de la ley- determinan libertades permanentemente».

El proyecto propone la modificación del artículo 164 del Código Procesal Penal, al establecer que la prisión preventiva o su cese sólo pueden ser impugnables mediante recurso de apelación y afirmar que, «contra la decisión que impusiera la prisión preventiva o denegare su cese, solamente procederá la interposición de un recurso de apelación ante la Cámara de Apelación y Garantías, sin efecto suspensivo».

Con ello, también se reduce la competencia del Tribunal de Casación Penal, limitando su intervención a la revisión de las sentencias definitivas, la que se llevará a cabo a través del recurso de casación, pero manteniendo su intervención como garantía para las víctimas cuando la cámara resuelve sobreseer por extinción de la acción y de la pena.

 

Por otro lado, se establece una modificación al régimen de resolución de los conflictos de jurisdicción y competencia, los cuales, cuando se trate de conflictos entre órganos de distintos departamentos judiciales, serán resueltos por la Cámara de Garantías correspondiente al departamento judicial que previno en la causa, en un sistema similar al estatuido en el Código Procesal Penal de la Nación.