La justicia no cree que sea delito que a Etchegaray le digan «ladrón»

En una medida inesperada, la Justicia rechazó esta mañana una demanda presentada por Ricardo Echegaray contra Elisa Carrió por haberlo llamado públicamente «ladrón».

En el fallo se hace hincapié en no es pertinente ponerle «límites» a la «inmunidad de opinión» de los legisladores garantizada por la Constitución.

En su momento, el titular de la AFIP había pedido una «declaración de certeza» en relación a acusaciones públicas formuladas por la diputada de la Coalición Cívica contra su persona, lo que fue rechazado por el juez Ignacio Rebaudi Basavilvaso.

Echegaray, quien deberá pagar las costas de la demanda, había demandado a Carrió luego de que lo acusara de ser un «ladrón» y de haber ocupado un cargo en la Dirección Regional de la Aduana de Comodoro Rivadavia «para garantizar impunidad a Conarpesa».

La dirigente también le imputó al funcionario haberse «enriquecido con los feedlots» y que «no puede explicar sus bienes».

Aunque Echegaray pidió que se determinara la «falsedad» de esas expresiones, Rebaudi Basalvilvaso, del Juzgado Civil 34, rechazó la demanda.

«La sustancia de las opiniones expresadas darán la medida de la relación con la tarea representativa que no se agota con la atribución legislativa, pues los legisladores ejercen también control. Desde esa perspectiva resulta conveniente señalar que, en ocasiones, permitir límites a la inmunidad de opinión de los legisladores llevaría a neutralizar las críticas de la oposición, con lo cual la función de control quedaría cercenada», advirtió el juez.