La justicia sobreseyó a Horacio Tettamanti en una causa de 2015

Denunciado por  abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario mientras era Subsecretario de Puertos y Vías Navegables.

La causa caratulada TETTAMANTI, HORACIO LUIS s/USURPACION DE AUTORIDAD (ART.246 INC.1) y ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248) fue tramitada ante el JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 9 de los tribunales de Comodoro Py.

Las  actuaciones se iniciaron el 05 de noviembre de 2015 en virtud de la denuncia realizada por Carlos Horacio Malatesta quien manifiesta que «deseaba denunciar a Horacio Luis Tettamanti quien era titular de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación en razón de que al momento de ejercer la función pública también era titular de la firma SERVICIO
PORTUARIOS INTEGRADOS SA, conocida como Astilleros SPI”.

“Es decir que SPI tiene un contrato que lo vincula con el Consorcio que administra el Puerto de Mar del Plata, que es un puerto público perteneciente a la Provincia de Buenos Aires, y por lo tanto incluido en las disposiciones de la Ley Nacional de Actividades Portuarias,
Nro. 24.093, cuya Autoridad de Aplicación es la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación, a cargo del denunciado”, continúa.

Agrega que “No obstante, cuando Tettamanti ejerce la titularidad de la Subsecretaría, el Consorcio reitera la solicitud de la remoción de
la línea de amarre hundida bajo el espejo de agua que corresponde al permiso portuario que usufructúa el astillero del ahora funcionario con poder de decisión en la materia, es decir SPI. Esta decisión del Consorcio está tomada en el Acta 263, labrada con fecha 28 de agosto de 2012. Tettamanti, en este caso en su rol de funcionario público y en violación de lo establecido en el convenio, autoriza la remoción del sistema de amarre hundido, justamente bajo su astillero».  Y guiándose por  versiones periodísticas, publicadas entre otros por los diarios Clarín y La nación, deduce que SPI habría asumido la remoción del sistema de anclaje en el marco de una renegociación con el Consorcio a cambio de una condonación de deuda por cánones impagos…”.

Esto llevó al fiscal a sostener que: «Horacio Luis Tettamanti, en calidad de Subsecretario de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, habría propiciado contrataciones
públicas indebidas, a favor de la empresa SERVICIOS PORTUARIOS INTEGRADOS S.A. A partir de entonces, y durante su gestión al frente de la Subsecretaría, Tettamanti habría otorgado a aquélla compañía las gestiones de extracción de la línea de amarre hundida entre los espigones 7 y 10 de la escollera Sur del Puerto de Mar del Plata”.

La investigación avanza además sobre designaciones funcionales que habría realizado el denunciado excediendo sus atribuciones legales.

Sin embargo tras una minuciosa investigación es el propio fiscal a cargo de la  Fiscalía Federal N°5, quien propone el sobresimiento de Tettamanti por considerar que, más allá de pasos administrativos que pudiesen ser cuestionados, en ningún caso puede hablarse de la comisión de un delito a de perjuicio alguno al erario público.

Lo que es aceptado por el juez Luis Osvaldo Rodriguez al resolver que: «es decir, el Agente Fiscal llegó a un criterio liberatorio de Tettamanti a partir de un profundo y razonado análisis del caso. Así las cosas, entiendo que luce acertado dicho criterio y en consecuencia habré de dictar el sobreseimiento de Luis Horacio Tettamanti por los hechos que fueran mencionados», para agregar en su resolución que lo hace «dejando expresa constancia que la formación del presente no afecta al buen nombre y honor del que hubiera gozado el nombrado».

Punto final para una denuncia sin fundamento y la tranquilidad para el conocido empresario que se vio envuelto en una investigación judicial sin sustento y que encuentra ahora una conclusión sin controversia, en la que coinciden tanto el agente fiscal -encargado de llevar adelante la instrucción y la acusación- como el juez interviniente.

Y una ocasión más para reflexionar acerca del daño que la difusión periodística puede provocar cuando se publica sin constatar ni analizar la verosimilitud de los hechos.