Tendrá al frente un matrimonio, una mujer y un laico. El documento de cuatro folios y siete artículos será consensuado este lunes por el consejo de cardenales.
El Papa Francisco y el «G-9» cardenalicio ocupado de esta reforma ha consensuado un documento, que el próximo lunes terminará de concretar, antes de incorporarlo en forma de retoques a la «Pastor Bonus». Por primera vez en la historia, un matrimonio, una mujer y un laico dirigirán -con rango de «Subsecretarios»- organismos de la Curia vaticana, dentro del macrodicasterio de Laicos y Familia.
El documento -escrito originalmente en español, y al que ha tenido acceso RD en exclusiva- define a la nueva congregación como competente para «la promoción de la vida de los laicos, los matrimonios y las familia, y de su misón en la Iglesia y en la sociedad civil».
La Congregación -apunta el texto, sencillo, de apenas cuatro folios y siete artículos- «desarrolla sus tareas mediante cinco secciones. Son las secciones para los Laicos, la Familia, la Mujer las Asociaciones de Fieles y los Movimientos Eclesiales; y sus responsables son los subsecretarios del Dicasterio. Presididos por el Cardenal Prefecto y el Secretario, participan en el congreso de la Congregación».
La primera Sección se ocupará «de la vida cristiana y de la misión de los Laicos en el mundo y en la Iglesia, y está presidida por un fiel laico», añade el documento, que recuerda someramente sus competencias: animar y apoyar a los laicos a participar en la vida, en las comunidades y en la misión de la Iglesia según su propio modo; construir una sociedad justa y solidaria, «empeñada en la promoción humana y social de sus miembros, preferentemente de los pobres y marginados»; fomentar la «participación y corresponsabilidad de los laicos en la vida de la Iglesia»; intercambio de experiencias y dirigir y acompañar reuniones internacionales.
La segunda Sección tratará de la Familia, y «está presidida por una pareja de esposos, y promueve la atención pastoral a los matrimonios y las familias». Su función será favorecer la dignidad y los derechos de la familia en la Iglesia y la sociedad civil, «como unión de un varón y una mujer para toda la vida, abierta a la procreación de los hijos».
Esta sección profundizará «la visión evangélica de la familia», divulgará planes pastorales «más adecuados para la educación a la castidad, la preparación al matrimonio, el acompañamiento a los esposos en sus primeros años y la ayuda que requieren los divorciados y los hogares monoparentales». También se preocupará por conocer «las condiciones humanas y sociales de la institución familiar en las diversas regiones», y apoyará «iniciativas para la defensa de la vida humana desde su concepción hasta su muerte natural, y las referentes a la procreación responsable».
La tercera Sección «se ocupa de la misión de la mujer en la familia, la Iglesia y la sociedad. Estará presidida por una mujer». Entre sus funciones, las de apoyar a los obispos para apreciar «en todas las culturas la igual dignidad de la mujer y su misión específica e insustituible en la familia, la Iglesia, la sociedad civil, el mundo del trabajo y el universo del dolor».
A su vez, divulgará las «experiencias de aquella mujeres que han podido entregar exitosamente en la Iglesia su visión de la realidad» e informará de «las mejores experiencias para ayudar a las mujeres que atraviesan por un embarazo difícil, y para acoger a los hijos o, si es necesario, para entregarlos en adopción. También comparte los mejores programas que ayudan a las mujeres y a los varones que han recurrido al aborto, de manera que logren la reconciliación con la criatura rechazada, consigo mismas y con Dios, su Padre».
La cuarta Sección «se ocupa de la Juventud y de la Niñez. Está presidida por un sacerdote, secundado por un consejo de jóvenes», y apoyará a obispos en el ámbito de la pastoral juvenil e infantil, colaborará en las jornadas mundiales de la Juventud y tratará de facilitar «una buena educación para los jovenes y los niños en su progreso en la fe».
Finalmente, la quinta Sección «trata de las asociaciones de fieles y de los movimientos eclesiales», y la persona responsable «cuenta con un consejo de personas que han sido o son responsables de movimientos eclesiales o de otras agrupaciones de fieles», y se encargará de aprobar o reconocer estatutos. Esta sección no se ocupará de las asociaciones de fieles de vida consagrada, excepto en lo referente a su actividad apostólica.