Coco Beach: una playa infectada de cocodrilos que se quedó sin público

Fueron muchas las denuncias, tantas más las quejas y sobre todo la preocupación de la gente. Por fin la maniobra de abrir con otro nombre no prosperó y Coco Beach es recuerdo antes de nacer.

Tal vez pensaban que, aferrándose a la letra estricta de la ley aunque trampeando su espíritu, habían logrado pasar por encima de la decisión del municipio de prohibir la apertura de la disco Cocodrilo en la ciudad. Tan sólo cambiando el nombre por Coco Beach, y con una intensa publicidad que no dejase duda de que se trataba, podrían llevar adelante su emprendimiento, cualquiera fuese la intención explícita u oculta del mismo.

Pero «el pez por la boca muere» y fue esa misma publicidad en las redes sociales las que disparó una vez más la protesta de las organizaciones que luchan contra la trata de personas y el debate, que tuvo en la prensa una fuerte repercusión.

Y la gente de Cocodrilo, Coco Beach o vaya a saber que Coco, tuvo que meter «violín en bolsa» y apuntar hacia otro lado.

“Nos vemos obligados a tomar esta determinación ( no abrir las puertas) debido a la presión sufrida por algunos sectores de la comunidad (agrupaciones «políticas» y autoridades en general). En las últimas horas hemos sufrido acusaciones muy severas que no solo perturban y difaman el funcionamiento comercial de nuestro negocio, sino que hacen padecer a nuestros familiares y amigos”, afirmó el empresario Agustín Plaza a medios locales.

Mientras tanto y en función de los fundamentos manifestados por el ministerio público fiscal federal, el Intendente Municipal Gustavo Pulti resolvió este viernes prohibir la apertura y funcionamiento del local situado en Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos esquina Aristóbulo del Valle.

 

EL DECRETO DE PULTI

 

VISTO: Lo resuelto por Decreto Nro, 1552 de

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1552/15 se prohibió la apertura, y/o Nfuncionamiento del loca! situado en Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos esquina Aristóbulo del Valle, cuya habilitación consta á nombre de ALAL S.A., bajo la denominación de «COCODRILO».

Que con fecha 25 de junio de 2015 la fundación Alameda Regional Mar del Plata solicita que el Municipio se abstenga de habilitar o autorizar la apertura del local en cuestión bajo la denominación «COCOBEACH»;

Que con fecha 25 de junio de 2015 la Mesa contra la Trata de Personas solicita se impida el funcionamiento del establecimiento en cuestión bajo cualquier denominación;

Que con fecha 26 de junio de 2015 se presenta el Fiscal Federal en turno a cargo de la Fiscalía Federa! Nro, 2 de Mar del Plata, dr. Pablo Esteban Lamerá, solicitando se prohiba la apertura del local indicado por ios fundamentos expuestos en la mencionada presentación.

Que con fecha 26 de junio se expide la Procuración Municipal indicando qu© los fundamentos de la petición realizada por la Fiscalía Federal Nro,2 resultan casi idénticos a los sostenidos por el Fiscal Federal General Dr. Daniel E. Adler a fs. 1/9 de las presentes actuaciones, por lo que da por reproducido los argumentos explicítados en su anterior intervención.

Que esta Administración Municipal entiende que las manifestaciones del Ministerio Publico Fiscal Federal ameritan la suficiente deferencia hacia tal órgano, atento la competencia propia del mismo,

Que el articulo 120° de la Constitución Nacional establece que «El Ministerio Publico es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la república,.,» (art.120° C.N.)

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Prohíbase la apertura y/o funcionamiento del local situado en calle Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos esquina Aristóbulo del Valle cuya habilitación consta a nombre de ALAL S.A. por lo motivos expuestos en el exordio,

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por e! señor SECRETARIO

DE GOBIERNO,

ARTICULO 3°; Regístrese, dése al.Boletín Municipal y notifíquese,

 

PABLO CESAR GARCÍA

Secretario de Gobierno

GUSTAVO ARNALDO PULTI

INTENDENTE MUNICIPAL/