Detalle de las medidas de apertura que anunció el gobierno

El Gobierno nacional levantó la obligatoriedad del uso de tapaboca al aire libre, para la circulación individual y no de forma grupal. Sigue siendo obligatorio en lugares cerrados.

 

El Gobierno nacional levantó la obligatoriedad del uso de tapaboca al aire libre, para la circulación individual y no de forma grupal. Sigue siendo obligatorio en lugares cerrados como aulas, cines, teatros, ámbitos de trabajos, transporte público, espectáculos y eventos masivos, y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.

– Las reuniones sociales pueden realizarse sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.

– Se habilita el aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.

– Se autoriza los viajes de jubilados y egresados, o grupos estudiantiles o similares siguiendo los protocolos recomendados.

– Se autoriza el aforo del 50% en las discotecas, para personas con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento). Vizzotti destacó que esta es la activdad de mayor riesgo, teniendo en cuenta la variante Delta.

– Quedan habilitados los salones de fiestas, bailes o actividades similares. Estarán permitidos para personas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.

– Se permiten los eventos masivos de más de 1000 personas, a partir del 1 de octubre se habilita con aforo del 50%.

– En el caso de público en espectáculos deportivos, como el fútbol profesional, el aforo será similar al restos de los eventos con aforo del 50%.

Desde el 1 de Octubre se autoriza el ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento

– Apertura gradual y de las fronteras

24 de septiembre: eliminación del aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria.

1 de Octubre: autorización ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).

Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre: incremento del cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres

 

– Desde el 1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros, se solicitará para el ingreso al país:

-Esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por lo menos 14 días previos al arribo al país.

-Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria

-Test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanitaria

Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo incluyendo los menores deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso, y test de PCR al día 7. Al momento de alcanzar el 50% de la población completamente vacunada: se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados) y PCR al día 5-7 y se podrá levantar el cupo. Ya de esta manera se minimiza el impacto del aumento de hospitalizaciones y muertes.