El Tribunal Constitucional suspende el referéndum soberanista del 9-N en Cataluña

Admite el recurso del Gobierno y para la ley de consultas. A partir de este momento, preparar y celebrar el referéndum encubierto del 9-N supondría un delito de desobedicencia

El Tribunal Constitucional acaba de admitir el recurso del gobierno español contra la ley de consultas de Artur Mas y el decreto de convocatoria del referéndum encubierto del 9-N. Ambas normas quedan suspendidas de forma automática desde este momento y durante un periodo de 5 meses.

La primera consecuencia de la admisión por parte del Pleno es que cualquier acto preparatorio relacionado con la consulta fijada para noviembre supondría incurrir en un delito de desobediencia a una resolución judicial. No obstante, el Gobierno y el Parlamento catalán disponen ahora de quince días, en el caso del recurso contra la ley, y de veinte, en el caso del decreto, para formular alegaciones contra la decisión del TC.

La reunión del Pleno, de carácter extraordinario, apenas ha durado una hora y diez minutos, tiempo en el que los magistrados se han limitado a comprobar si los recursos del Ejecutivo cumplían los requisitos formales para su admisión. En este caso, iban acompañados del dictámen del Consejo de Estado y de la autorización del Consejo de Ministros al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, para proceder a la interposición de este recurso.

Por tanto, el Pleno no ha entrado en el fondo de la cuestión, es decir, debatir sobre la posible inconstitucionalidad de la ley de consultas y del decreto que la desarrolla, algo que abordarán a partir de las próximas semanas.