Municipio: la delgada línea entre la soberbia y la corrupción

Por Adrián FreijoLa quita del código de descuento a los trabajadores municipales termina favoreciendo a una empresa cercana al poder. ¿Soberbia, torpeza o corrupción?

Hernán Mourelle, había adoptado  a fines del año pasado la resolución de quitar a los trabajadores municipales el beneficio del código de descuentos del que gozaban desde hacía medio siglo, pero el Concejo Deliberante decidió por unanimidad restituírlo. Inmediatamente Carlos Arroyo vetó esa ordenanza, la que sin embargo quedó firme por la insistencia del cuerpo en una votación que terminó con números apabullantes: 21 a 3. Solo el bloque de Agrupación Atlántica votó negativamente, en un claro mensaje al Ejecutivo enviado por sus propios socios de Cambiemos, aunados a la oposición en pleno.

Sin embargo el intendente y su escudero  desoyeron el mandato de los concejales y no repusieron el código de descuento, lo que derivó en una acción legal iniciada por el Sindicato.

El Tribunal de Trabajo N° 1 hizo lugar a una medida cautelar, intimó a la Municipalidad a restituir los denominados “códigos de descuento” y le ordenó dejar sin efecto el acto por el que se dejó de deducir y retener el aporte de los trabajadores afiliados del 1% a la Caja o Fondo de Préstamos del STM, las cuotas mensuales de reintegro de los usuarios del sistema de proveeduría sindical y las cuotas de devolución de los usuarios de la Caja de Préstamos.

El Tribunal, compuesto por José María Casas, Rosa Gómez y Orlando Cippitelli, estableció que dispondría una multa por incumplimiento de $ 5.000 diarios.

Nuevamente el intendente y el Secretario de Hacienda hicieron caso omiso a la manda y apelaron la medida judicial. Hoy, además de la cuestión de fondo, se debate si tal apelación tiene o no efecto suspensivo sobre lo resuelto por el tribunal. 

Fallo que además ordena al municipio normalizar el pago a las empresas prestadoras, que se  han visto seriamente afectadas por la intempestiva quita de las retenciones con las que se afrontaban los pagos de los beneficios utilizados por los trabajadores municipales.

Pero…¿es la actitud de Arroyo-Mourelle igual para todos?. De ser así estaríamos frente a un capricho o a una torpeza en la aplicación de las reglas jurídicas de la cuestión.

Sin embargo ocurre que no es así…y aquí aparece la pregunta del título que pretendemos resolver en estas líneas: torpeza, soberbia…¿o corrupción?.

Hagamos un poco de historia:

Todo comienza con la Ordenanza 17.736/ 2006 que fija las normas para reglamentar las entidades que quieran adherir al sistema de código de descuentos. A ella se adjuntó un Convenio Marco -que forma parte de la ordenanza- que deberían firmar todas aquellas que cumplieran los requisitos exigidos y fueran aceptadas por el municipio y por el gremio.

En abril de este año, mediante el decreto Nro. 891, que firman Arroyo y Mourelle, se modifican tres puntos del Convenio Marco, lo que al ser parte integrativa de la ordenanza citada debió ser elevado al Concejo Deliberante para su aprobación bajo pena de nulidad absoluta y posiblemente del delito de apropiación indebida de fondos públicos.

¿Porqué ello es así?, porque contra lo que fija la ordenanza el nuevo e insuficiente instrumento sube del 5% al 6% lo que las empresas prestatarias pueden cobrar de gastos administrativos. Esto ya supone una variación a la que no está autorizado el ejecutivo a resolver por un instrumento como el decreto, que es de menor rango legal que la ordenanza que disponía lo anterior.

Pero además fija un plazo de 90 días -que no estaba en el Acuerdo Marco integrativo de la ordenanza- para que el municipio ingrese los fondos a las prestadoras, pese a que la retención a los trabajadores se realiza mes a mes. ¿Qué hace la municipalidad con esa masa de dinero que entra a sus arcas y que retiene, indebidamente, durante ese lapso de tiempo?. Todos suponemos que se utiliza para el pago de salarios y gastos generales…pero ocurre que no le pertenece.

Y como si semejantes irregularidades no fuesen suficiente, el decreto de Arroyo y Mourelle dispone que el 4% que las entidades debían reconocer al municipio por gastos administrativos…se reduce al 1%.

En resumen un negocio de alto costo financiero para la municipalidad (¿o para los trabajadores?) aparentemente a cambio de la posibilidad de utilizar por 90 días un dinero ajeno. Y un incremento en las ganancias de las prestadoras, que asciende a un bruto del 5% mensual más allá de la de por sí elevada tasa que la ordenanza les autoriza y que es la fijada por el BCRA+30%.

Hasta aquí podríamos hablar de torpeza e impericia, socias serviles de la soberbia con la que los funcionarios involucrados suelen administrar la cosa pública y las relaciones con terceros.

Sin embargo hay un tema que abre el paraguas de la sospecha y que introduce la duda acerca de un acto de corrupción.

Pese a sostener que el sistema «suponía un negocio ilegítimo para el sindicato» y sostener en ello la decisión de dar de baja el sistema de marras, parece que la convicción de Arroyo y Mourelle no era para todos igual. Efectivamente, mientras las tres empresas que históricamente prestaban el servicio a los trabajadores municipales no lograron revertir la situación a partir de las múltiples gestiones realizadas -en todos los casos el propio Mourelle les comunicó que el gobierno no iba a dar marcha atrás en su decisión- de la noche a la mañana apareció una financiera a la que si se le autorizó el uso del sistema y con la cual se firmó el respectivo contrato entregándole de de esa manera una posición monopólica.

Dicho instrumento se rubricó con Prestanet y fue firmado en nombre de la misma por…Esteban Giri, hermano del controvertido hombre de confianza de Arroyo y aún todopoderoso allegado Emiliano Giri. Prestanet está vinculada a RIPSA, propiedad de la familia de ambos personajes.

¿No debería ser la ley pareja para todos?, ¿porqué lo que para algunos es malo no lo es para nombres tan cercanos al poder?, ¿porqué a Prestanet se le permite operar en condiciones de mayor beneficio de las que regían antes y que fueron estigmatizadas por el propio Mourelle al momento de caducar el beneficio de los trabajadores?.

No cabe duda de que hablamos de un negocio millonario y de recupero seguro -al trabajador se le descuenta de su recibo de sueldo el monto de la cuota que debe pagar al prestador- que ahora queda en manos de una sola empresa violando las normas legales, al punto de caer en la aberración jurídica de modificar una ordenanza con un instrumento menor como es un decreto, evitar enviar este al Concejo para su tratamiento y eventual aprobación -ya han pasado siete meses desde su puesta en vigencia- y sacando de la cancha a los eventuales competidores de la beneficiada a la que, como si todo lo antedicho fuese poco, se le mejoran las condiciones de operatoria. A lo que debe agregarse el incumplimiento de una manda judicial que ordenaba restituir el beneficio.

Demasiadas cuestiones de escasa claridad que habilitan a reiterar, una vez más, la pregunta preliminar que mueve a esta nota: ¿soberbia, torpeza…o corrupción?. El lector sabrá sacar sus propias conclusiones…