En una jornada en la que el dólar paralelo llegó a los 14,20 pesos y el Banco Central perdió 89 millones de dólares de sus reservas, el Gobierno decidió hacer cambios al proyecto que modifica la Ley de Abastecimiento, duramente criticado por el empresariado.
El kirchnerismo sacó dictamen favorable en un plenario de cinco comisiones del Senado. La semana que viene se votará.
Los cambios fueron anunciados por el secretario de Justicia, Julián Domínguez, luego de que los senadores escucharon a una veintena de organizaciones de usuarios y consumidores y de que el directivo de la Unión Industrial (UIA) Daniel Funes de Rioja alertó sobre “un cúmulo de arbitrariedades en la norma negativo para la producción y el empleo”.
El dictamen K eliminó a Pequeñas y Medianas Empresas de los alcances de la ley “siempre que no detenten posición dominante”, leyó Álvarez.
El segundo cambio fue el más debatido dentro del Gobierno y, según comentó el presidente del bloque del FPV, Miguel Pichetto, fue redactado por el senador salteño Rodolfo Urtubey, hermano del vicepresidente de la UIA, José Urtubey, y del gobernador Juan Manuel Urtubey.
Este cambio busca atenuar la “discrecionalidad” con la que la Secretaría de Comercio podrá intervenir en cualquier etapa del proceso económico fijando ganancias, precios, u obligando a producir un bien.
Para morigerar las críticas, el kirchnerismo le agregó un párrafo al artículo 2°, en el que se consigna que esta intervención de Comercio sólo podrá hacerse cuando un empresario incurra en algunas de las causales que dan lugar a las sanciones fijadas en el artículo 4°. Por ejemplo: Elevar artificialmente los precios, acaparar materias primas, crear instancias de intermediación innecesarias que eleven los precios; destruir bienes, impedir la prestación de un servicio, discontinuar el abastecimiento habitual de un producto, etcétera. “Lo que hicimos es precisar las conductas pasibles de sanción y que sólo en esos casos la Secretaría de Comercio podrá intervenir”, dijo Urtubey.
Además, el kirchnerismo aceptó parcialmente otro reclamo empresarial y puso en el mismo artículo 2° que si el Estado obliga a continuar la producción de un bien a un empresario aun a pérdida, “habrá una justa y oportuna compensación”, cuyos términos no se precisan. Otra crítica era que la Secretaría de Comercio podía exigir documentación sensible a las empresas, como la referida a sus utilidades. Para eso, el oficialismo incorporó un párrafo en el que se obliga al Ejecutivo a no divulgar la información y a firmar cláusulas de confidencialidad.
En cuanto a las sanciones, el Gobierno también hizo cambios. Se ratificó la posibilidad de que se clausure una empresa por simple decisión administrativa, por un plazo de 90 días. Pero, si Comercio decide prorrogar la clausura –para cerrar la empresa seis meses en total–, deberá contar con el aval de un juez, algo que el proyecto de la Casa Rosada no contemplaba.
Además, suprimió el artículo 5°, que permitía la clausura administrativa definitiva de un establecimiento en caso de “reincidencia”.
Otro cambio: también deberá haber una autorización judicial si el Ejecutivo aplica otra de las sanciones más graves: la inhabilitación de hasta cinco años para ejercer el comercio, un derecho de expresa jerarquía constitucional.
Por último, el kirchnerismo ratificó en el artículo 17 el principio de que, antes de apelar una multa, el empresario sancionado deberá pagarla. “Pero se agrega que podrá pedir la reconsideración total o parcial”, indicó Álvarez.